Requisitos para la gestión de Subsidios Institucionales del Concejo Deliberante.

El Concejo Deliberante de 25 de Mayo informa a los representantes legales de las Entidades de Bien Público y/o Asociaciones Civiles (Clubes, Cooperadoras, Iglesias…), los mecanismos para la gestión de Subsidios Institucionales según Ordenanza N° 34/2010.
¿Quiénes puede acceder a este beneficio?
Se dará entrega de subsidios a toda Entidad de bien público o Institución sin fines de lucro, que persiga fines culturales, educativos, sanitarios, deportivos, y toda otra que preste un servicio de interés público o desarrolle una actividad de interés comunitario.
Requisitos a cumplir:
Los beneficiarios deben presentar los siguientes datos:
1) Si la entidad gestiona por primera vez el beneficio debe adjuntar:
a) Nombre de la entidad u institución.
b) Nombre y apellido de los representantes legales y su número de Documento.
c) Domicilio Legal, sede y ámbito de sus actividades.
d) Actividad principal.
e) cualquier otro dato que considere importante.
2) Elevación de nota de solicitud, hoy atento a esta situación sanitaria se puede enviar escaneadas por mail oficial: [email protected] / [email protected]
La autoridad de aplicación de la presente ordenanza es el Concejo Deliberante, ante quien deben iniciarse todas las tramitaciones de solicitud de subsidios. A su vez, el Concejo Deliberante deberá arbitrar los mecanismos adecuados para una mayor agilidad en la resolución de la aprobación o rechazo de las demandas que se recepciona.
El otorgamiento de dichos subsidios se hará efectivo por medio de RESOLUCIÓN, en la que se aclarara que la institución deberá hacer las rendiciones pertinentes si el subsidio es otorgado para fines específicos.
En todos los casos será imprescindible un análisis por parte del Concejo Deliberante al subsidio planteado, y el tratamiento y votación del asunto entrado mediante sesión pública.
Las instituciones beneficiarias de subsidios otorgados para fines determinados, deben rendir cuenta documentada de su utilización ante la secretaria de Presidencia del Concejo Deliberante , dentro de un plazo máximo de treinta días corridos a partir de las fechas de las respectivas entregas.
El monto del Subsidio Institucional:
En el Presupuesto 2021, según establece la Ordenanza N°08/2022 consta una partida de $ 360.000,00 y se estableció en Comisión un monto de $ 20.000,00